El Consejo Superior de la UNC se declaró en contra de la desregulación de la traducción pública

En su sesión del 28 de julio, el máximo órgano de gobierno de la Universidad Nacional de Córdoba aprobó una declaración en la que expresa su preocupación por un anteproyecto nacional que propone derogar el artículo 6° de la Ley 20.305 y advierte que la medida compromete la seguridad jurídica y la fe pública.


El HCS de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) aprobó, en su sesión del 28 de julio, la Declaración DHCS-2026-6-E-UNC-REC, en la que manifiesta su preocupación por la difusión del anteproyectodel Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado que propone derogar el artículo 6° de la Ley 20.305.

Esta norma regula el ejercicio de la traducción pública en la Argentina y establece que todo documento redactado en idioma extranjero que se presente ante reparticiones, entidades u organismos públicos, judiciales o administrativos del Estado nacional debe acompañarse de su traducción, suscripta por quien ejerza la traducción pública con matrícula vigente

Para el Consejo Superior, el punto no es administrativo sino de fondo: quien ejerce la traducción pública no solo traduce, sino que certifica, con firma, sello y matrícula, la fidelidad de la traducción, y asume responsabilidad profesional por su contenido. Por eso el régimen vigente protege, fundamentalmente, la seguridad jurídica y la fe pública. Eliminar esa exigencia suprime una garantía esencial para la seguridad de la ciudadanía y del Estado.

La declaración deja constancia, además, del interés institucional directo de la UNC en este debate. A través de la Facultad de Lenguas, la Universidad forma a quienes ejercen la traducción pública en cuatro lenguas extranjeras desde 1976. Sus titulaciones certifican una competencia lingüística, un saber procedimental y una ética profesional que, advierte el Consejo Superior, la derogación del artículo ignora e invalida.

El Consejo Superior pidió, además, que se dé "amplia difusión" a la declaración, aprobada en el marco del expediente 599466 de 2026 iniciado por la Facultad de Lenguas.

Texto completo de la declaración

El H. Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba declara:
Su preocupación frente a la difusión del anteproyecto en etapa prelegislativa IF-2026-66211078-APN-MDYTE, que propone derogar el art. 6° de la Ley 20.305, regulador del ejercicio de la profesión de traductor público en la República Argentina;
Quien ejerce la Traducción Pública no solo traduce: certifica, con su firma, su sello y su matrícula, la fidelidad de la traducción, y asume responsabilidad profesional por su contenido. El resguardo del régimen actual, por lo tanto, no sólo defiende las competencias exclusivas del traductor público y los derechos de la matrícula, sino fundamentalmente, la seguridad jurídica y la fe pública;
La eliminación de la exigencia de traducciones públicas para la presentación de documentos en idiomas extranjeros ante organismos nacionales no representa una simplificación administrativa: implica eliminar una garantía esencial para la seguridad de la ciudadanía y el Estado;
La Universidad Nacional de Córdoba, en tanto institución formadora de traductores públicos en 4 lenguas extranjeras desde 1976, a través de la Facultad de Lenguas, tiene un interés directo y una responsabilidad institucional en la preservación de las garantías que rigen el ejercicio de dicha profesión, en tanto sus titulaciones implican la certificación de una competencia lingüística, un saber procedimental y una ética profesional, que la derogación del artículo ignora e invalida;
Comuníquese y dese amplia difusión.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Consejo Superior a los veintiocho días del mes de julio de dos mil veintiséis.